Dentro del grupo genérico de los delitos contra la libertad sexual, se encuadran las diversas formas de delitos relativos a la prostitución y de la corrupción de menores, cuyas principales tipificaciones son: cooperar o proteger la prostitución de una o varias personas, dentro o fuera de España, o su recluta para la misma; determinar, por medio de engaño, violencia, abuso de autoridad u otro medio coactivo, a persona mayor de dieciocho años a satisfacer deseos deshonestos de otra; retener a una persona, contra su voluntad, en prostitución o en cualquier clase de tráfico inmoral; promover, favorecer o facilitar la prostitución o corrupción de persona menor de dieciocho años; facilitar medios o ejercer cualquier género de inducción en el ánimo de menores de dieciocho años, aun contando con su voluntad, para satisfacer los deseos deshonestos de un tercero; inducir o dar lugar a la prostitución de menores de dieciocho años, tanto en territorio español, como para conducirles con el mismo fin al extranjero, mediante promesas o pactos, aun con apariencia de lícitos (proxenetismo); ayudar o sostener, con cualquier motivo o pretexto, la continuación en la corrupción o la estancia de menores de dieciocho años en casas o lugares de vicio. Vivir en todo o en parte a expensas de la persona o personas cuya corrupción o prostitución explote (rufianismo); el dueño, gerente, administrador o encargado del local, abierto o no al público, en el que se ejerza la prostitución u otra forma de corrupción, y toda persona que a sabiendas participe en su financiación. Las penas previstas oscilan entre prisión menor, inhabilitación y multas de hasta 2.000.000 de pesetas; se valora como agravantes el que el culpable fuere autoridad pública o agente de ésta.
Código penal, artículos 452 bis a) a 452 bis f).
Los conceptos actuales sobre prostitución la definen como la vida inmoral con propósito de lucro. A su vez la vida inmoral fuera del matrimonio, y actos realizados que ofenden a la decencia sexual.
No puede haber prostitución sin proxenetismo, es decir, sin condiciones que favorezcan la vida inmoral con esa finalidad lucrativa, cuales son:
1) secundar o ayudar; 2) crear ocasión de vida inmoral; 3) facilitar los medios (local, direcciones, etcétera); 4) abstenerse de actuar o dejar hacer; 5) hacerse mantener en forma total o parcial.
La persecución, la explotación, la necesidad de ocultarse o defenderse, son el motivo de acercamiento, en el bajo fondo social,
con el resto de la delincuencia. El rufián es el explotador de las ganancias deshonestas obtenidas por una persona (hombre o mujer) que se entrega a la prostitución, viviendo a costa de ella (de la persona prostituta).
La prostitución, en distintas denominaciones adjudicadas a la mujer que la ejerce: meretriz, ramera, mujer pública, etcétera. No es atributo de mujeres el ejercicio de la prostitución, pues también los hombres la ejercen. Su ejercicio puede ser individual o colectivo; la forma individual puede realizarse por celestinas (media una tercera persona), por incitación (racolage o seducción del cliente) 8 por mesalinismo (venganza), por masoquismo simbólico, etcétera, contando, cualquiera de sus formas, con la protección o sin ella (para evitar omisiones de pago, robos, etcétera). Puede ser mimetizada por la apariencia honrada (en general concurriendo a citas) o clandestina. Puede ser profesión exclusiva, o semiprofesional cuando se realiza otra labor.
Es colectiva en aquellos casos en que se realiza mediante lugar fijo y destinado a la explotación de la prostitución, abiertamente profesional y continúa (en general la prostitución clandestina es discontinua).
Entre las causas de la prostitución tenemos factores endógenos y exógenos.
Entre los primeros resaltan con caracteres de gran frecuencia la debilidad mental, los trastornos del erotismo, etcétera.
Entre los segundos figuran los oficios equívocos, la ambicion de enriquecerse o de destacarse en la juventud o de obtener ventajas accidentales, situaciones económicas y a veces esnobismo social.
Las leyes pueden tener criterios distintos para el problema de la prostitución, como se ve a continuación.
1) prohibicionismo: se considera el delito por el ejercicio de la prostitución, sin penar al cliente, se lo reprime habitualmente con multa o prisión corta.
2) reglamentarismo: se funda en la "protección" sanitaria mediante exámenes, fichas, libretas sanitarias, etcétera.
Su ejercicio se hace habitualmente en prostíbulos habilitados a ese fin luego de cumplir exigencias sanitarias.
3) abolicionismo: el abolicionismo es para la reglamentación y no para la prostitución. La prostituta solo está en la obligación de tratarse cuando enferma.
La prostitución personal y privada pertenece a la conciencia y no constituye delito. Se reprime el atentado al pudor y los ultrajes públicos, así como también al castigo de los proxenetas.
4) neo reglamentarismo: no admite el prostibulo oficializado, pero si postula el control sanitario sobre la prostituta.
La ley argentina es abolicionista aunque hubo y hay interpretaciones prohibicionistas en la jurisprudencia.
La incoherencia y los intereses creados son tales, que al lado de tales fallos de la jurisprudencia, en varios lugares del país se ha adoptado un trato reglamentarista y los edictos policiales la reprimen como contravencion.
La prostituta es esclava que perdura a través del tiempo; su actividad es profesión o delito, según varíe la conciencia o demagogia del legislador; no tiene, cuando profesión, los derechos de otras mujeres que trabajan, o son puramente declaratorios; cuando delito, sobre nadie se ensañan tantos dedos acusadores. La prostitución es la relación sexual habitual, promiscua y por precio o por fines de luchó.
Ciceron decía que "cuando alguien admite que se debe prohibir a la juventud la relación con prostitutas, opinó que tal severidad es injustificada. Pues todo el que considera nuestro siglo como una época de desenfreno, condena al mismo tiempo los hábitos y los pensamientos de los antepasados". También San Agustín opinaba "reprimid la prostitución y vereis a nuestra sociedad ahogarse en el desenfreno".
En un comentario, dufor cree que en la edad media se compararon tolerancia y persecusión contra los judíos y prostitutas; dependía de su valor económico la aceptación de su residencia o su expulsión.
La posición de la Iglesia hacia la prostitución fue variable y se en sus comienzos fue tolerante e indulgente, con absolución sin abstinencia, no sucede así después. Ya en el 386 San Agustín, junto a su necesidad, sostenía:
" que existe mas sórdido, mas falto de honor y lleno de ignominia que las prostitutas, los agentes de prostitución y demás pestes de este género?). Con toda su historia la edad media transcurre y de ella es oportuno el resumen que hace Lombroso: "hasta el año 1700 los convenios fueron los centros de prostitución de los grandes y de los sacerdotes".
La prostitución tuvo y tiene fundamento económico, y su elemento imprescindible, la mujer, fue el objeto de la explotación por el estado, los sacerdotes, las clases dominantes e influyentes, los cabecillas de ciertos grupos sociales y aun los jefes de familias.
Cuando se lucha por sanearla y/o hacerla desaparecer se daña la economía de esos sujetos que la parasitan y que quedarían sin sus "diezmos" pues no son capaces de trabajo productivo en la comunidad.
Investigando la forma de vida de las prostitutas, nos encontramos con que poco menos de la mitad demuestra posibilidad de convivencia y esa convivencia en nada se distingue de la socialmente elogiada: es por amor, por interés material, por poder, por protección, etcétera. Un porcentaje elevado (entre cuarta y quinta parte) de prostitutas esta dispuesta homosexualmente, y su participación en orgasmo heterosexual llega también a límites elevados pero variable según el nivel socioeconómico de actuación, de modo que a menor número de clientes mayor posibilidad de que tenga interés en orgasmos.
No hay un tipo fijo de prostituta.
Las hay que se adaptan a la moral, se integran en sociedad, a sus costumbres, menosprecian la promiscuidad sexual no profesional, tienen fe o fanatismo religioso, odio de clase, tal cual los individuos que frecuentan en la sociedad en que actúan. Incluso tienen temores iniciales de que sus familiares tomen conocimiento de su actividad. En la prostitución existen diferencias de actitud, de precio y de forma de remuneración.
Desde la prostituta que se exhibe como tal, a aquellas que adoptan el tipo social de estrella, vedette, De secretaria, pin-ups, taxi girls, cantantes, bailarinas, etcétera, hay amplia variedad. La mujer que trabaja o estudia puede tentar suerte económica con sus encantos y su lucro, la favorece su mejor aspecto y hasta los hoteles de lujo; la prostituta, por su parte, encuentra útil la apariencia exterior de otra fuente de trabajo. De acuerdo con las propias necesidades económicas y la pareja temporal o no con que cuente, puede alternar períodos de prostitución y de no prostitución, en una verdadera latencia.
No puede dejarse de mencionar que en una sociedad de consumo en que no se asume la responsabilidad sexual, el otro extremo de mantenimiento de la prostitución es el cliente, al cual es absurdo ubicarlo como timido y pobre, ya que el alto mundo de los factores de poder, de los negocios de alto nivel da su cliente que no es timido, que está adiestrado en relaciones públicas o en política o en economía, que tiene éxito social, económico y capacidad de decisión y mando.
La prostitución se relaciona con las necesidades sexuales, con la disminución de Salaris, con el costo de vida, con la moral real y aparente de la comunidad.
Tanto en la antigüedad, con los ejemplos de aspasia de Atenas, Teodora de bizancio, en el renacimiento, con cortesanas en la intriga de príncipes y potentados, como en la actualidad, disputan con su poderío económico los valores tolerados de la moral sexual social. Por el contrario, la prostituta pobre fue relegada a la proscripción a través de la historia, al encierro, emparedamiento, hoguera y destierro, como causa de todos los males terrenales y de exclusión de los bienes prometidos en el futuro; en ella se refleja el prejuicio que la sociedad por razones religiosas, morales o de
ignorancia, ha desarrollado sobre el instinto sexual y que vence solo por medios económicos o de clase.
Se ha intentado ver en la prostituta taras psicológicas especiales, pero la estadística no lo confirma. Deben primero estudiarse en relación con el origen social, la frecuencia relativa del trastorno imputado en el grupo social originario. Pero todas las estadísticas tienen una tara que las invalida: el proteccionismo o el amparo e influencia que permiten la fuga de miembros. Sin ninguna duda, el motivo que las indujo a la prostitución fue la falta de familia que
protege y las necesidades económicas o el afán de mejoría económica; otros factores pueden figurar, pero de menor importancia. La profesión anterior asevera lo expresado: han sido obreras, personal doméstico, empleadas en quehaceres domésticos o sin ocupación.
La gran responsabilidad social sobre la prostitución puede asumirse si expresamos que casi dos tercios de la prostitución se inicia antes de los dieciocho años. La desocupación y la miseria que ello significa, el costo de vida y el tiempo de ocupación, la promiscuidad y la falta de vivienda son, en el mundo moderno, factores de trascendencia.
Entendemos que el mayor fomento de la prostitución está en L a baja remuneración que aleja y diferencia los programas mínimos de adquisición en viviendas, vestimenta, comida, salud, cultura, etcétera. Por eso fracasan los sistemas de represión que no la contemplan para prevenirla.
Otro tema sobre la prostitución es su relación con la mujer delincuente.
Esta relación delincuencia-prostitución fue estudiada por Andrónico en 1882, en Rusia; Paulina tarnowski, en 1889, y los trabajos de Lombroso, Ferrero y Roncoroni son conocidos y clásicos.
Pero para hablar de mujer delincuente debemos tener una mujer que ha cometido un delito y que por ley es pasible de una sanción penal. La prostitución, cuando es delito, debe contemplarse como un delito que cometen dos y sólo uno es el penado, como en la estafa del "cuento del tío y la herencia".
Es que no sólo el delincuente tiene su patología psíquica sino que la sociedad, con sus legisladores, votantes y factores de poder, también la tiene; así, angustias y miedos, prejuicios y órdenes demagogicas, han hecho de la prostitución un delito, una contravención, una conducta inmoral pero no reprimible mientras no altere el orden público.
La prostitución puede encerrar delitos en su ejercicio:; trata de blancas, rufianismo, corrupción, ultraje al pudor, contagio venereo, etcétera. Salvo esos casos, no creemos que la prostitución sea un delito ni que como tal deba tratársela; creemos que debe actuarse
sobre todos los individuos clientes reales y potenciales y sobre toda la sociedad.
Tradicionalmente se caracteriza la prostitución como el trato sexual promiscuo, habitual y por precio. Los tres requisitos, entrega indeterminada, habitualidad y precio, son necesarios para que se configure la prostitución (Carrara).
Se ha intentado tratar la prostitución de diferentes maneras. Así, consideramos funesta la concepción del reglamentarismo de hacer otorgar por los médicos encargados del control sanitario de las prostitutas, certificaciones o libretas de salud o de inexistencia de enfermedades infecciosas, pues con ello se fomenta una exagerada confianza en el cliente y se incurre en el grave riesgo de que las enfermedades se mantengan en límites insospechados o se renueven.
La inscripción de prostitutas, que es la base del reglamentarismo, constituye uno de los motivos que favorecen la trata de blancas y la persecución de la mujer por el rufián y la policía. El prostibulo, como casa comercial, contribuye y es motivo fundamental de interés para la reunión de explotadores y usuarios; así lo entendía ya la
sociedad de las naciones, que afirmaba: "la existencia de casas de tolerancia constituye incontestablemente un estímulo de la trata,
tanto en el dominio Nacional como en el internacional.
Diferente es la posición del abolicionismo.
Abolicionismo quiere decir simplemente derogar toda norma legal sobre la prostitución, sea ley, decreto, ordenanza, orden del día o circular. Se fundamenta en que el estado no debe hacer pesar las consecuencias legales de un acto común solamente en un sexo, propagando la idea funesta de una moral diferente para cada sexo. Otra razón es que el simple hecho de la prostitución, a título personal, es cosa privada, protegida como tal por todas las constituciones modernas.
Comercio sexual por precio. | Corrupción o deshonra de la mujer. | Degradación, de cualquier índole.
Proselito | | | Prostitución delitos relativos a |