Derecho Procesal
Escrito extendido para comunicarse un tribunal con autoridades no judiciales y funcionarios distintos de aquellos a los que se debe dirigir mandamiento (art. 149 L.E.C. de 2000 y 187 y 195 de la L.E.Cr.) (V. impulso procesal).
Ocupación habitual. | Profesión mecánica o manual. | Cargo, ministerio, empleo. | Comunicación escrita sobre asuntos de una oficina pública. | Más especialmente, la que se dirigen unas autoridades a otras, o diversos funcionarios entre sí, por cuestiones relativas a sus cargos y funciones. | Gestión provechosa. | Acción perjudicial. | Oficina o lugar de trabajo de un empleado.
Oficinas de información | | | Oficio (medidas tomadas de...) |