Enciclopedia jurídica

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Oficio (medidas tomadas de...)

. Pr.
Gen. Una decisión o una medida la toma de oficio un tribunal, un magistrado o un representante del ministerio público cuando esa autoridad, en ejercicio de su poder de iniciativa, puede hacerlo sin ser solicitada por previa petición de las partes, ya en virtud de una disposición legal o reglamentaria (así, ordenar una medida de instrucción, declarar caduca una citación, proponer una incompetencia, un recurso simple), ya en virtud de los poderes propios de ella (p. ej., requerir o declarar una nulidad de orden público). El poder de iniciativa del juez se desenvuelve en la medida en que el nuevo procedimiento civil presenta un carácter más inquisitorial que antes.


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