En plural, esta voz posee ante todo acepciones jurídico económicas: como impuesto y como honorarios. | Dentro de lo estrictamente jurídico, el vocablo se emplea pluralizado cuando se refiere a un conjunto de normas o atribuciones que se concede, reivindica o ejerce colectivamente. | Así se considera en los artículos que siguen. | ABUSIVOS. Los contrarios a la razón, a la equidad ya las buenas costumbres. | CIVILES. Los naturales o esenciales de los cuales goza todo individuo jurídicamente capaz. | DE AUTOR. La cantidad fija o proporcional que el autor de una obra literaria percibe por su publicación, venta o ejecución. | INDIVIDUALES. Se designan con este nombre las garantías que las Constituciones conceden a favor de todos los habitantes del Estado.
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