Enciclopedia jurídica

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Publicación

[DAd] Forma de comunicación de los actos y resoluciones administrativas en la que se contiene el texto íntegro de la resolución, con indicación de si es o no definitivo en la vía administrativa, la expresión de los recursos que procedan, órgano ante el que hubieran de presentarse y plazo para interponerlos. La publicación sustituirá a la notificación cuando: 1) el acto tenga una pluralidad indeterminada de destinatarios o cuando la Administración considere que la notificación efectuada a un solo interesado es insuficiente para garantizar la notificación a todos, siendo adicional a la notificación efectuada, y 2) sean actos integrantes de un proceso selectivo o de concurrencia competitiva de cualquier tipo. También serán objeto de publicación cuando así lo establezcan las normas reguladoras de cada procedimiento o cuando lo aconsejen razones de interés público apreciadas por el órgano competente. iSa LRJ-PAC, arts. 59.5,60.
Notificación del acto.

(Derecho Administrativo) Modo de publicidad normalmente empleado en materia de actos reglamentarios y consistente en difundir el conocimiento del acto de que se trata por medio de los procedimientos de comunicación de masas, particularmente por medio de la inserción en una colección oficial de textos (para el Estado, el Diario Oficial) V. Diario Ofícial.
(Procedimiento Civil) V. Notificación.

En el Derecho de la propiedad intelectual, es una de las posibles formas que adopta la divulgación de la obra de que se trate. Por divulgación de ésta se entiende toda expresión de la misma que la hace accesible al público por vez primera, bajo cualquier forma y siempre con el consentimiento de su autor. Cuando la divulgación se realiza poniendo a disposición del público un número de ejemplares de la obra cuestionada, se dice que hay publicación de la misma; pero la cantidad de ejemplares debe ser suficiente para atender razonablemente las necesidades de su demanda, según las circunstancias de cada caso.

Ley de Propiedad intelectual, artículo 4.

Véase Promulgación.

Procedimiento que tiene por finalidad poner un acto jurídico en conocimiento de todos, generalmente con el objeto de que pueda serles opuesto. Por ejemplo, las leyes, decretos, resoluciones reglamentarias ministeriales, registros de nombres, patentes, sociedades, subastas judiciales, transferencias de fondos de comercio, etcétera, se publican en el Boletín oficial, o diario equivalente según la ley de cada país.

Acto de llevar a conocimiento general un hecho o cosa. | Manifestación o revelación de lo reservado, oculto o secreto. | Divulgación, difusión. | Amonestación o proclama matrimonial. | Obra literaria o artística y a publicada. | Impropiamente, promulgación. | DE LEYES. El acto de llevar a conocimiento general de los ciudadanos y habitantes de un país un texto legal, lo cual suele hacerse por la inserción del mismo en la Gaceta o Diario oficial.


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