Derecho Administrativo
Es la persona física o jurídica que con capacidad de obrar promueve un procedimiento administrativo por ser titular de derechos e intereses legítimos; o que, sin haberlo promovido, ostente derechos que puedan verse afectados por la resolución que se adopte en el procedimiento, sean titulares de intereses legítimos, personales y directos que igualmente puedan verse afectados por dicha resolución y compadezcan en el expediente. Los interesados pueden actuar por sí o por medio de representante (V. procedimiento administrativo).
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