Enciclopedia jurídica

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Inexistencia

(Derecho Administrativo) En derecho administrativo, en el cual el juez no está vinculado por la norma civilista de que “no hay nulidad sin texto”, el interés principal de esta teoría se manifiesta en el plano contencioso.
Permite principalmente, en presencia de ilegalidades particularmente graves, hacer flexibles las reglas normales relativas a los términos procesales y a la competencia limitada de los jueces judiciales para sancionar la ilegalidad de los actos administrativos.
(Derecho Civil) Teoría en virtud de la cual el acto jurídico al que le falta un elemento esencial (p. ej. el consentimiento) tiene que ser considerado ineficaz por toda persona, aunque ningún texto lo proclame así y sin que sea necesaria una decisión judicial para demostrarlo. V. Nulidad.
(Procedimiento Civil) La sanción de la inexistencia puede ser de gran importancia en procedimiento civil, cuando se trata de actos de procedimiento de tal manera informales que no merezcan ese calificativo, o de supuestos fallos pronunciados sin forma por una parodia de tribunal. La inexistencia no se pronuncia, sino simplemente se deja constancia de ella, ya que no hay apariencia de regularidad qué destruir.


Inexcusable      |      Infamar