Enciclopedia jurídica

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La Rioja (Comunidad Autónoma de)

Derecho Administrativo

La Comunidad Autónoma de La Rioja está integrada por el territorio de los municipios de la actual provincia de La Rioja, siendo su capital la ciudad de Logroño, sede de sus instituciones.

La bandera autonómica está formada por cuatro franjas horizontales de igual tamaño de colores, rojo, blanco, verde y amarillo.

La población autonómica se integra por los españoles avecindados en los municipios riojanos, sin perjuicio de la especial atención reconocida a las colectividades riojanas asentadas fuera de la Comunidad.

Los órganos institucionales son la Diputación General, Consejo de Gobierno y el Presidente. Además de éstos que constituyen el núcleo institucional se hallan, incluso reconocidos estatutariamente, un alto órgano consultivo y un Consejo Económico y Social.

La Diputación General es la asamblea legislativa de estructura unicameral. El pleno se integra -según previsión estatutaria- de entre 32 y 40 miembros, elegidos por sufragio universal, ejerce la potestad legislativa, aprueba los presupuestos, elige Senadores, etc.

El Presidente es elegido por la Diputación General de entre sus miembros. Corresponde al Presidente ostentar la suprema representación de la Comunidad, y la ordinaria del Estado en el territorio, presidiendo el Consejo de Gobierno, dirigiendo y coordinando su acción. Responde políticamente ante la Diputación General, que puede hacerle objeto de moción de censura.

El Consejo de Gobierno se compone del Presidente y los Consejeros, elegidos y, en su caso, separados libremente por aquél, ejerciendo la función ejecutiva y reglamentaria, distribuyendo las distintas áreas de acción política y administrativa en las diferentes consejerías, cuya estructura interna corresponde al modelo departamental, organizándose en secretarías generales técnicas, direcciones generales, etc.

Aunque no forma parte de la organización institucional estrictamente autonómica, sino del Poder Judicial en su conjunto, existe un Tribunal Justicia, como culminación de la organización judicial, con las competencias reseñadas en el Estatuto de Autonomía y en la Ley Orgánica del Poder Judicial. Su sede se encuentra en Logroño.

Las competencias autonómicas se encuentran contenidas en el Estatuto, siendo tanto de carácter exclusivo, como compartido con el Estado, integradas por competencias legislativas, reglamentarias y ejecutivas. Siendo La Rioja una Comunidad que accedió a la autonomía por los cauces previstos en el art. 143 de la Constitución, ha ampliado su nivel competencial con la posterior reforma de su Estatuto.

Dispone de Hacienda propia para la financiación y desarrollo de los servicios propios de sus competencias, coordinada con las haciendas estatal y locales.

El Estatuto fue aprobado por Ley Orgánica 3/1982, de 9 de junio, siendo modificado por la Ley Orgánica 3/1994, de 24 de marzo y la Ley Orgánica 2/1999, de 7 de enero.


La pluma es esclava, pero la palabra es      |      Label