Enciclopedia jurídica

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Potestad

Dominio, poder, jurisdicción o facultad que se tiene sobre una cosa. V.

Patria potestad.

Poder. | Facultad. | Atribución. | Dominio, | Jurisdicción. | Potentado. | En Italia, gobernador, corregidor, juez, según las funciones políticas, administrativas o judiciales. | En el Derecho romano, y como opuesto al imperio (v.) o facultad de mando, la potestad ("Patestas") comprendía el poder administrativo; como el de publicar edictos, multar, embargar, convocar al pueblo para hablarle o para que votara, y convocar, presidir y hacer votar a una asamblea. | En e] Derecho Canónico, conjunto de poderes, facultades y atribuciones que Cristo concedió a la Iglesia, a través de los apóstoles, para cumplir con su misión; y que se subdivide en potestad de orden, recibida en la ordenación, y en la de jurisdicción, comprensiva del poder de enseñar y de regir. (V. PATRIA POTESTAD) | MARITAL. Autoridad más o menos teórica atribuida al marido por la ley y relativa a la persona y bienes de su mujer. | PATERNA. (V. PATRIA POTESTAD.) | TUITIVA. Amparo que e] poder regio brindaba a los súbditos que hubieran recibido agravio de los jueces eclesiásticos. | POTESTATIVO. Lo que en la potestad o facultad de uno está hacer o dejar de hacer. | Voluntario.


Potencia aliada      |      Potestad canónica