(Derecho Constitucional) Io Estado o conjunto de Estados sometidos a la autoridad de un Emperador (Imperio romano, Primero y Segundo imperios franceses...).
2 o Conjunto colonial dominado por la metrópoli.
3o Por extensión, Estado que a causa de su potencia económica o militar extiende su predomino sobre otros (“Imperios” norteamericanos, soviéticos).
Forma de gobierno, a cuyo frente se halla una autoridad monárquica mas o menos absoluta.
La expresión se puede aplicar también a un conjunto de territorios que dependan de un gobierno central, cualquiera sea la forma de este (Ver Gr., Imperio Británico).
Dignidad de emperador. | Duración de su gobierno. | Período histórico de emperadores en un país. | Conjunto de reinos, territorios o colonias dependientes de un emperador. | Gran potencia. | En general, acción de imperar, mandar u ordenar. | En Derecho Procesal, potestad que tienen los jueces y magistrados de juzgar y ejecutar lo fallado. En este significado, el imperio se divide en mero y mixto.
Impericia | | | Imperio continentia |