o marca de garantía (Derecho Laboral) Marca sindical protegida, que testifica que un producto ha sido elaborado de conformidad con las condiciones de trabajo previstas por la ley o la convención colectiva.
Voz inglesa que significa "etiqueta" o "rótulo". Al principio de siglo se utilizó esta palabra como marca sindical puesta sobre un producto destinado a la venta, con el objeto de certificar su origen y condicione de fabricación.
Este tipo de marca, reproducción de las antiguas marcas Corporativas, había sido ideado por las trade unions (sindicatos obreros anglosajones) para crear un movimiento de opinión contra los empleadores que se rehusaran a pagar un salario normal. UNicamente podrían llevar el label los productos fabricados con
sujeción a las condiciones de la tarifa sindical. En su momento fue reconocido por un a le Francisca de 1920.
Hoy ya no se utiliza este medio.
Sello, marca o contraseña que, autorizados por los sindicatos o asociaciones de trabajadores, ponen los industriales en las mercaderías fabricadas en talleres donde se pagan los salarios convenidos y se cumplen las condiciones acordadas con la representación obrera.
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