Enciclopedia jurídica

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Garantía

(Derecho Civil) Io Medios jurídicos que permiten asegurar al acreedor contra el riesgo de insolvencia de su deudor; en este sentido, sinónimo de seguridad. V. esta palabra.
2 o Obligación impuesta a un contratante con el objeto de asegurar el goce pacífico de hecho y de derecho de la cosa entregada a la otra parte, aunque la perturbación no resulte de su hecho (ej. Garantía por el vendedor de los vicios ocultos de la cosa, de la evicción, etc.).
(Derecho Internacional Público) Compromiso contraído por uno o más Estados de responder de la ejecución de las obligaciones internacionales de un tercer Estado, o de mantener determinada situación jurídica.

En general, toda forma o mecanismo legal para asegurar el cumplimiento de una obligación.

La garantía implica un concepto genérico.

La fianza, el aval, la prenda, al hipoteca, etcétera, son particulares especies de garantía.

La garantía es legal cuando al supone y exige la ley. Es convencional cuando, nace por el acuerdo de las partes (contrato).

Afianzamiento, fianza. | Prenda. | Caución. | Obligación del garante. | Cosa dada en garantía. | Seguridad o protección frene a un peligro o contra un riesgo.


Garajista      |      Garantía (llamamiento en)