Enciclopedia jurídica

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Estatuto

(Derecho Civil) , (Derecho Comercial) Documento de constitución de una sociedad o asociación redactado por escrito y que contiene cierto número de cláusulas obligatorias que fijan los objetivos así como las normas de funcionamiento de la sociedad o asociación.

Derecho Mercantil

Conjunto de reglas por el que se rige la persona jurídica de carácter corporativo o asociacional, como por ejemplo, la sociedad anónima. En ésta los estatutos han de incorporarse a la escritura social y contener unas determinadas menciones (art. 11 L.S.A. y arts. 114 y 115 R.R.M.). Es discutida la naturaleza negocial o no negocial de los estatutos, pero prevalece la tesis de que no pueden considerarse derecho objetivo si bien en algunos casos deben prevalecer las reglas de interpretación propias de éste.

En sentido general, toda ley, reglamento u ordenanza. | Más concretamente, los pactos, convenciones, ordenanzas o estipulaciones establecidos por los fundadores o por los miembros o socios de una entidad, para el gobierno de una asociación, sociedad, corporación, sindicato, club, etc. | En algún caso, estatuto se ha dicho por Constitución política; como el Estatuto Real español de 1834. | En Derecho Civil, cualquier ordenamiento obligatorio: como contrato, testamento u otro. | En Derecho Constitucional español, ley especial o pequeña constitución que establecía el régimen autonómico de una región, conforme al código fundamental de 1931. A tenor del mismo, y luego de la aprobación popular por los dos tercios, se sancionaron el Estatuto catalán y el gallego; y, ya en el curso de la guerra civil, el vasco. | En Derecho Internacional Privado, el sistema de los estatutos está integrado por el régimen propuesto para resolver las cuestiones de competencia entre dos o más países y los conflictos originados por la disparidad de leyes nacionales en cuanto a las personas, las cosas y los actos jurídicos. | FORMAL. Régimen jurídico a que se someten las solemnidades externas de los actos, especialmente en caso de conflicto internacional de leyes. | PERSONAL. Régimen Jurídico que establece y regula la nacionalidad, condición y capacidad de las personas ante la pluralidad de legislación internacional. | Ley personal o nacional. Ley del país de origen de la persona, cuando produce efecto extraterritorial. | REAL. Principios legales que determinan el régimen de los bienes, de la propiedad y de los derechos reales sobre los mismos, tanto en su constitución, modificación y enajenación, como en su extinción. | Ley terrirorial. | Ley del país en que se encuentren los bienes.


Estar      |      Estatuto consultivo