(Derecho Civil) , (Seguridad Social) Daño material (pérdida de un bien, de una situación profesional...) o moral (sufrimiento, falta de consideración, de respeto a la vida privada) sufrido por una persona por la acción de un tercero.
Daño de orden material o moral experimentado por una persona. Si es imputable a otra persona, en razón de su responsabilidad contractual, delictual o cuasidelictual, ésta se halla obligada a repararlo.
Genéricamente, mal. | Lesión moral. | Daño en los intereses patrimoniales. | Deterioro. | Detrimento. | Pérdida. | En sentido técnico estricto, la ganancia lícita que se deja de obtener o los gastos que ocasiona una acción u omisión ajena culpable o dolosa; a diferencia del daño (v.), o mal efectivamente causado en los bienes existentes y que debe ser reparado.
Perjudicial | | | Perjuicio a lo principal |