(Derecho Civil) Perjuicio contemporáneo del acuerdo de voluntades resultante de la diferencia de valor entre las prestaciones de un contrato sinalagmático o entre los lotes atribuidos a los coparticipantes.
Herida, golpe u otro detrimento corporal. (V. LESIONES) | Daño o perjuicio de cualquiera otra índole, y especialmente el económico en los negocios jurídicos. | Más concretamente aún, daño que sufre una de las partes en el contrato de compraventa cuando el precio no es justo. | EN LOS CONTRATOS. Perjuicio económico producido a una de las partes en los contratos conmutativos, cuando existe evidente desigualdad entre los objetos o prestaciones de los mismos; y más particularmente visible en la compraventa, si el precio resulta injusto por abusivo en relación con el comprador, y por recibir éste cosas de mayor valor o extensión o de mejor calidad que lo supuesto por el vendedor. | ENORME. En el Derecho clásico y en el histórico español, el perjuicio que una persona experimenta por error o por engaño cuando alcanza a algo más del justo precio en la compraventa. (V. LESIÓN ENORMÍSIMA.) | ENORMÍSIMA. Daño o perjuicio económico en la compraventa, cuando consiste en mucho más de justo precio (v.).
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