Enciclopedia jurídica

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Domicilio comercial

Domicilio es el lugar que la ley fija como asiento de la persona para la producción de determinados efectos jurídicos.

El concepto de domicilio real del código civil argentino subsume dos menciones: residencia y lugar de los negocios; y ese cuerpo legal, cuando ambas cosas no coinciden en el mismo lugar, elige: será domicilio real aquel en el cual éste establecida la familia de una persona y no donde están sus negocios.

El comerciante individual posee un domicilio real propio y un domicilio comercial: aquel donde centraliza la Administración de su empresa.

En el caso de las personas jurídicas (sociedades) el domicilio será simplemente aquel que el contrato (o acto posterior) establece con conocimiento de la autoridad de inscripción y contralor.
En las sociedades irregulares los dos conceptos se pueden unificar. El comerciante (individual o societario) podrá tener más de un
domicilio comercial, en cuyo caso, a los efectos jurídicos, valdrá el
correspondiente al principal asiento de los negocios o establecimientos.

El domicilio es modificable al cambiar o al elegir otro asiento físico como sede de los negocios o empresa.

En principio, se entiende que cualquiera de los domicilios comerciales de un comerciante, de sus empresas, o de una sociedad, es válido para recibir reclamos extrajudiciales o notificaciones judiciales (constitución en mora), a no ser que se demuestre que ya no existía como tal o que no ha podido tomar conocimiento en ese lugar. No es válido, en cambio, cualquiera de ellos para fijar la competencia ratione loci (jurisdicción territorial, como designan algunos).

Cuando el comerciante tiene su familia en otro lugar distinto del asiento de sus negocios el domicilio comercial aparece independizado del domicilio general u ordinario de la persona, en cuya situación el último rige todos los aspectos que escapan a la influencia del domicilio especial.

La mujer casada que ejerce el comercio, adquiere domicilio especial en el lugar de la sede de sus negocios, con independencia del domicilio legal que tiene para los restantes aspectos de su vida y actividades independientes del comercio que ejerce.


Domicilio "ad litem"      |      Domicilio convencional