Enciclopedia jurídica

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Fraude

. Acción que revela en su autor la voluntad de perjudicar a otro (pariente, cocontratante, copartícipe, litigante) o de violar ciertas prescripciones legales (fraude fiscal). V. Acción pauliana, Estafa, Acusación ai juez.
(Derecho Internacional Privado) Adopción consciente de medios lícitos para fines contrarios a la ley. El fraude a la ley consiste, las más de las veces, en modificar por medio de artificios las circunstancias de hecho según las cuales se determina la norma de conflicto. La jurisprudencia toma en cuenta, no solo el fraude cometido en detrimento de la ley francesa, sino también el cometido en detrimento de la ley extranjera. V. “Forum Shopping”.

Incurre en esta modalidad de los delitos de los funcionarios públicos en el ejercicio de sus cargos el que, interviniendo por razón de su cargo en alguna comisión de suministros, contratas, ajustes o liquidaciones de efectos o haberes públicos, se concertare con los interesados o especuladores, o usare de cualquier otro artificio para defraudar al Estado, provincia o municipio. Las penas a aplicar son prisión menor e inhabilitación especial. También incurre en este delito el funcionario público que, directa o indirectamente, se interesare en cualquier clase de contrato u operación en que deba intervenir por razón de su cargo; las penas serán inhabilitación especial y multa del tanto al triplo del interés que hubiere tomado en el negocio. La misma pena se aplicará a los peritos, árbitros y contadores particulares, respecto de los bienes o cosas en cuya tasación, partición o adjudicación hubieren intervenido, y a los tutores o albaceas respecto de los pertenecientes a sus pupilos o testamentarías.

Código penal, artículos 400 y 401.

Engaño. Frustrar la ley o los derechos que ella otorga. Burlar, eludir o dejar sin efecto la disposición de la ley acto cumplido intencionalmente con la finalidad de perjudicar intereses ajenos en beneficio propio (Ver Gr., Ocultación, malversación, venta en fraude de los acreedores). Ver Acción Paulina; estafa.

En un sentido general, engaño, abuso de confianza, acto contrario a la verdad o a la rectitud. | DE ACREEDORES (EN). La locución enbfraude de acreedores comprende todos los actos del deudor que, valiéndose por lo común de simulaciones, tienden a hacer ilusorios los derechos del cobro ya la indemnización con que cuentan sus acreedores.


Fratricidio      |      Fraude a la ley