Enciclopedia jurídica

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Sentencia definitiva

Es aquella que pone fin al proceso, mediante un juicio o fallo del juez que decide sobre el litigio.

Por medio de la sentencia, el juez crea una norma individual (lex specialis_) que constituye una nueva fuente reguladora de la situación jurídica controvertida en el proceso, y que, como manifestación trascendente que es del ejercicio de la función jurisdiccional, debe ser acatada por las partes y respetada por los terceros.

El efecto natural de toda sentencia, consiste, por consiguiente, en su obligatoriedad o imperatividad, pues, si así no fuese, es obvio que ella carecería de objeto y de razón de ser.

Junto a ese efecto natural, existen efectos particulares que resultan del contenido de la sentencia: quedara así limitada la incertidumbre sobre la existencia, eficacia, modalidad o interpretación de una relación o estado jurídico, si se trata de una sentencia meramente declarativa (incluyendo su modalidad constitutiva); nacerá un título ejecutivo a favor del vencedor, en el supuesto de que el sujeto pasivo de una sentencia de condena no se avenga a cumplir la prestación que aquella le impuso, y quedara integrada la correspondiente relación jurídica si se trata de una sentencia determinativa.

Algunos autores consideran que también constituye un efecto de la sentencia la extinción de la competencia del juez con respecto al objeto del proceso.

Se trata, sin embargo, de un efecto relativo, pues el juez que dictó la sentencia tiene atribuciones para conocer del recurso de aclaratoria, decretar medidas cautelares, decidir los incidentes que tramitan por separado, etcétera.

En rigor, como observa Podetti, Mas que una extinción de la competencia se trata de una suspensión parcial y transitoria de ella, que es reasumida por el juez. A los fines de la ejecución, una vez ejecutoriada la sentencia.

Aparte de los mencionados, la sentencia produce efectos secundarios o indirectos, a los cuales caracteriza el hecho de ser consecuencia directa de algún efecto principal o del simple pronunciamiento del fallo. Tales son, por ejemplo, la facultad de pedir el embargo preventivo (o cualquier otra medida cautelar) en el caso de obtenerse una sentencia favorable y la imposición de las costas al vencido.


Sentencia declarativa      |      Sentencia desestimatoria