En sentido general, sinónimo de gravamen.
Débito que debe soportar el titular de un derecho y que puede ser de carácter real o personal.
Es un imperativo jurídico que se determina en razón del propio interés. El concepto de carga (diferenciándolo del de obligación y deber) tiene particular importancia en los procesos judiciales y administrativos, si bien aparece en todos los campos del orden jurídico.
Tributo o gravamen que sc impone a una persona o cosa. | Obligación que se contrae por razón de estado, empleo u oficio. | También, la condición natural en un contrato, estipulada por las partes. | Servidumbre, censo, hipoteca u otro gravamen real sobre inmuebles. | DE JUSTICIA. Obligación contraída por el Estado español de indemnizar a los sucesores de los antiguos dueños de oficios o derechos enajenados de la corona, a los poseedores de privilegios o donaciones reales y a quienes por título oneroso deben percibir algunas cantidades. | DE LA PRUEBA. La obligación de probar lo alegado, que corresponde a la parte que afirma, en virtud del principio latino: "actori incumbit onus probandi" (al actor le incumbe la carga de la prueba), mientras al demandado sólo le corresponde la prueba de las excepciones por él opuestas. | PÚBLICA. Prestación personal irrenunciable que, en beneficio del Estado o de otra corporación pública, se impone con carácter gratuito a los particulares. | Tributo económico que se paga al Estado. (V. CONTRIBUCIÓN, IMPUESTO)
Carestia | | | Carga de la afirmación |