(UE) [DE] Organización internacional de integración constituida por el Tratado de Maastricht. Tiene su fundamento en las Comunidades Europeas y en las políticas y formas de cooperación establecidas en el Tratado. Su marco institucional está compuesto por el Consejo Europeo, el Parlamento Europeo, el Consejo, la Comisión y el Tribunal de Justicia. Junto a ellos y como órganos auxiliares están el Comité Económico y Social, el Comité de las Regiones, el Tribunal de Cuentas, el Banco Europeo de Inversiones, el Banco Central Europeo y el Defensor del Pueblo. Se estructura en Tres Pilares: las Comunidades Europeas, la Política Exterior y de Seguridad Común (PESC) y la Cooperación en los ámbitos de justicia y seguridad común,
i TUE.
Tres Pilares; Constitución Europea.
(Derecho Internacional Público) Objetivo definido dentro del marco de las comunides europeas en 1972, que se propone establecer una forma de unión política entre los Estados miembros. No habiendo tenido curso el informe Tindemann establecido en 1976, la unión europea todavía queda por construirla.
Esta expresión aparece como objetivo concreto a realizar por la Comunidad Europea alentada por la idea de una cooperación política que coincide con un relanzamiento del proyecto de un mercado interior. Todo ello se plasmó en el Acta Unica Europea de 17 de febrero de 1986. El contenido esencial de este trascendental documento comunitario, suscrito y ratificado por todos los Estados miembros, es, entre otros puntos (1) ampliación de los poderes del Parlamento Europeo, (2) ampliación de los supuestos de obligatoriedad de los acuerdos tomados en el Consejo por el voto de una mayoría cualificada, (3) base jurídica para la creación de una jurisdicción adjunta al Tribunal de Justicia, (4) ampliación de competencias en el ámbito de la política social, (5) base jurídica formal otorgada a la cooperación política.
Acta Unica Europea, firmada en Luxemburgo el 17 de febrero de 1986.
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