Enciclopedia jurídica

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Requisitoria

[DPro] Diligencia judicial por la que se pone en conocimiento de los Juzgados de Instrucción y de las autoridades la existencia de un procesado rebelde a fin de que informen sobre aquél, y se ordena a la policía la localización y detención del procesado rebelde.
LECrim, arts. 512 ss.

Derecho Procesal

Comunicación que un juez dirige a otros jueces de instrucción en cuyo territorio hubiese motivos para sospechar que el presunto reo se halle; en todo caso se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de la provincia respectiva, fijándose también copias autorizadas, en forma de edicto, en el local del Juzgado o Tribunal que conociere de la causa y en el de los Jueces de Instrucción a quienes se hubiere requerido.

Debe contener el nombre y apellido, cargo, profesión u oficio, si constaren, del procesado rebelde, y las señas en virtud de las que pueda ser identificado, el delito por qué se le procesa, el territorio donde sea de presumir que se encuentra y la cárcel adonde deba ser conducido (arts. 512 y 513 de la L.E.Cr.).

Es el requerimiento judicial que expide el juez instructor de un sumario con el fin de citar y emplazar al inculpado o presunto reo. Si éste no fuere habido en su domicilio y se ignorase su paradero, se expedirá requisitoria a los jueces de instrucción en cuyo territorio hubiese motivos para sospechar que aquél se halle, publicándose en el diario oficial del Estado y de la provincia. En la requisitoria se expresarán el nombre y apellidos, cargo, profesión u oficio, si constaren, del procesado rebelde, y las señas en virtud de las que pueda ser identificado el delito por que se le procesa, el territorio donde sea de presumir que se encuentra y la cárcel adonde debe ser conducido.

Ley de Enjuiciamiento criminal, artículos 512 a 515.

Requerimiento judicial o despacho que expide el juez instructor de una causa criminal. para citar y emplazar al reo o acusado de un delito; así como para disponer su búsqueda, captura y presentación cuando se desconozca su paradero, para excitar el celo de las autoridades y agentes de la policía judicial y la colaboración espontánea de los particulares.


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