(Derecho Constitucional) Partido o partidos que se oponen al que está en el poder, ejerciendo una función de vigilancia y de censura, informando a la opinión y hasta preparando otro equipo gubernamental sustitutivo.
(Procedimiento Civil) Vía de recurso ordinario, de derecho común y de retractación, concedida al litigante contra el cual se ha pronunciado una decisión en rebeldía, que le permite acudir al tribunal que ha decidido ya, pidiéndole que juzgue de nuevo el asunto.
La oposición no existe respecto de las decisiones pronunciadas por las jurisdicciones de seguridad social y los tribunales paritarios de arrendamientos rústicos. Se excluye también contra ciertas decisiones: ordenanzas de recurso de urgencias, ordenanzas del juéz de sustanciación, sentencias arbitrales. V. Fallo en rebeldía, Restitución de términos.
Manifestación de voluntad destinada a impedir el cumplimiento de un acto jurídico, o a imponer ciertas condiciones a ese cumplimiento.
Impedimento, estorbo, obstáculo, | Contrariedad, | Repugnancia entre dos cosas, | Contradicción, | Resistencia, | Argumentación o razonamiento en contra, | Impugnación, | Ataque dialéctico. | Concurso o competencia, que determina exclusiones o preferencias, entre Los pretendientes o aspirantes a una cátedra, prebenda, cargo o destino, por medio de actos o ejercicio (verbales, escritos y prácticos) que ponen de manifiesto los conocimientos, aptitudes y méritos para conseguir lo pretendido, En lo procesal, acto cuyo objeto consiste en que no se lleve a efecto lo que otro se propone, vaya esto en perjuicio de uno mismo o de otro,
Oportunidad de los procesos criminales | | | Oposición a la demanda ejecutiva |