(Derecho Civil) Posibilidad de que un contratante no ejecute su obligación. Pero si el deudor usa de la facultad que se le reconoce de no ejecutar su obligación, entonces debe pagarle a su acreedor una suma de dinero, que corresponde a las arras. V. Arras.
Declarar inexacta, falsa o hecha por la fuerza o amenaza, una confesión previa. | Retirar el consentimiento o aprobación dados a una oferta o propuesta. | Revocación de lo dicho. | Arrepentimiento de lo prometido. | Negación de lo afirmado. (V. PALINODIA.) | DE RENUNCIA. La "renuncia a la renuncia", su desistimiento.
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