Enciclopedia jurídica

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Medios de prueba

Derecho Procesal

Instrumentos que sirven para demostrar la certeza de los hechos controvertidos en el proceso. Son Cfr. con el artículo 1.215 del C.C., que incluye entre los medios de prueba las presunciones y denomina a la prueba de documentos, prueba de instrumentos, y se refiere al reconocimiento judicial como inspección personal del Juez. Los que se pueden usar en juicio son: Interrogatorio de las partes; documentos públicos; documentos privados; dictamen de peritos; reconocimiento judicial e interrogatorio de testigos. También se admitirán los medios de reproducción de la palabra, el sonido y la imagen, así como los instrumentos que permiten archivar y conocer o reproducir palabras, datos, cifras y operaciones matemáticas llevadas a cabo con fines contables o de otra clase, relevantes para el proceso. Finalmente se autoriza usar cualquier otro medio con el que pudiera obtenerse certeza sobre hechos relevantes, adoptando el tribunal, a instancia de parte, las medidas que en cada caso resulten necesarias (art. 299 de la L.E.C. de 2000).

La utilización de los medios de prueba pertinentes para la defensa está configurada como un derecho fundamental (art. 24.2 de la Constitución).

Son los elementos o instrumentos que utilizan los litigantes para convencer al juzgador sobre la existencia o inexistencia de los datos contenidos en las alegaciones. También se utiliza esa expresión para significar el contenido de los referidos elementos, utilizándose entonces la denominación de fuentes de prueba. Se habla de prueba personal para referirse a la prueba directa que utiliza la persona (testigo, perito, confesión); la prueba real es la prueba directa o inmediata que utiliza cosas (documental, monumental). Dentro de estos medios genéricos de prueba caben todas las variedades que los litigantes pretendan utilizar, ya que la ley adjetiva no limita expresamente los medios de prueba.

Se denomina abono de cosas la información destinada a probar la bondad o libertad de aquéllas, su valor, calidad o cantidad; y también el dominio o posesión sobre ellas cuando son poseídas con justa causa, pero sin título de propiedad.

Los diversos elementos que, autorizados por ley, sirven para demostrar la veracidad o falsedad de los hechos controvertidos en juicio.


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