El vínculo es uno de los elementos de la obligación, y se manifiesta por la sujeción del deudor a ciertos poderes del acreedor.
Algunos autores, sin embargo, entienden que el vínculo no es un elemento propio de la obligación, sino común a todo derecho subjetivo. Sin duda es así; pero lo mismo sucede con los demás elementos de las obligaciones. La obligación, al enlazar el derecho del acreedor y el deber del deudor, tiene un vínculo con particularidades propias que justifican su tratamiento específico:
en ella el vínculo constriñe al deudor a cierto comportamiento concreto, que es la prestación.
Otro punto de vista, estima preferible reemplazar la noción de vínculo por la de situación, para abarcar también la responsabilidad extracontractual, en la que no existe un vínculo convencional de los sujetos al tiempo de surgir la obligación de reparar el daño.
Pero, sin embargo, la obligación de indemnizar nacida del hecho ilícito es lo que interesa y, como obligación, tiene un vínculo.
Con el andar de los siglos, la rigurosidad del vínculo del derecho Romano se ha atenuado. La libertad del deudor hay sólo queda limitada en lo que concierne al comportamiento que debe como prestación y, en caso de no llevarla a cabo, a soportar los poderes de agresión patrimonial del acreedor.
El vínculo se manifiesta, concretamente, en dos aspectos, pues de derecho al acreedor: a) para ejercer una acción tendiente a obtener el cumplimiento, y b) para oponer una excepción tendiente a repeler una demanda de repetición (devolución) que intente el deudor que pago. Pero, por cierto, el derecho a demandar el cumplimiento no significa que las deudas pagadas espontáneamente-que son la inmensa mayoría- correspondan a una obligación que carece de vínculo: aunque no hay coerción efectiva, el vínculo se manifiesta
en la medida en que la relación jurídica obligacional es coercible, en
que habría dado derecho a demandar si el deudor no se hubiera avenido a cumplir.
Atadura, lazo, nexo, | Para Escriche, la unión y sujeción de los bienes al perpetuo dominio de alguna familia, con prohibición de enajenarlos. | También, el gravamen o carga perpetua que se impone en alguna fundación o a favor de una y a existente. | Bienes adscritos a una vinculación. | MATRIMONIAL. Relación o parentesco existente entre el hombre y la mujer por razón de su casamiento,
Víctima | | | Vínculo de corresponsalía |