Enciclopedia jurídica

A B C D E F G H I J K L M N O P Q R S T U V W X Y Z




Pretura

En la antigua Roma, en el año 367 A. C., Fue creada una nueva magistratura populi Romani, la pretura urbana, a la que se le otorgó la jurisdicción civil. Comenzó a existir como una magistratura
auxiliar del consulado lo que le dió al pretor el carácter de colega minor del Cónsul, pero cuando se hizo necesario separar los poderes militares de los jurisdiccionales, a la naciente magistratura le fueron atribuidos los últimos y con ello la pretura adquirió el rango
de magistratura independiente.

El pretor era designado por los cónsules y ocupaba el último lugar entre los magistrados superiores, pero tenía mayor autoridad que todos los desprovistos del imperio.

Duraba un año en sus funciones, aunque a fines de la República la magistratura, al igual que el consulado, se hizo bienal, ejerciendo el pretor el cargo un año en la ciudad y otro en provincias con el título de propetor.

Esta magistratura en un principio no se ajustó a las normas de la colegialidad porque fue desempeñada por un solo pretor, el urbano, que entendía en las controversias entre ciudadanos, mas en el año
242 A. C. Se establece la pretura peregrina para conocer en las contiendas en las que intervienen extranjeros.

Las funciones del pretor eran principalmente de administrar justicia y de ordenar y dirigir el proceso; no actuaba como juez desde que no dictaba sentencia, sino que solo cumplía una misión de supremo administrador del procedimiento judiciario, es decir de magistrado en el sentido romano de la palabra. Esto hacia que su actuación presentara dos modalidades esenciales, según impusiera al juez, a quien elevaba el proceso para su definitivo juzgamiento, una norma de derecho ya existente o creada por el, o bien, diera una solución equitativa al litigio trabado, dentro de su propia instancia.

La pretura a la que ingresaron por primera vez los plebeyos en el año 337 A. C., Tuvo en la vida institucional romana una importancia trascendental porque, además de sus funciones jurisdiccionales, el pretor en el ejercicio del ius edicendi fue el creador de normas jurídicas que, con la influencia del ius gentium, mitigaron el rigorismo del derecho civil, llenaron también sus lagunas, contribuyendo a la formación de un derecho nuevo, el ius honorarium o derecho pretoriano.


Pretorianismo      |      Prevaricación