Los órganos jurisdiccionales colegiados, dentro de la jurisdicción civil, de mayor a menor categoría, son: el Tribunal Supremo, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma y la Audiencia Provincial. Los órganos jurisdiccionales unipersonales, en la misma jurisdicción civil, de mayor a menor categoría, son: Juzgados de Primera Instancia y Juzgados de Paz. Con esta estructuración ha culminado un largo proceso de modernización de la organización jurisdiccional, con lo que han desaparecido las Audiencias Territoriales, sustituidas por los Tribunales Superiores de Justicia; asimismo, desaparecen los Juzgados de Distrito, refundición en su día de los Juzgados Municipales y Juzgados Comarcales, sustituidos ahora, y según los casos, por los Juzgados de Primera Instancia y los Juzgados de Paz.
Ley orgánica del Poder judicial, artículos 53 a 103, con las modificaciones introducidas por la Ley orgánica 16/1994, de 8 de noviembre. Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de planta judicial, artículos 1 a 5.
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