Es la actividad administrativa arbitral o la que realiza al decidir la Administración Pública sobre un conflicto entre los administrados y en relación a cuestiones reguladas por normas jurídico-privadas o jurídico-administrativas. Las áreas en que actualmente más se manifiesta la función arbitral de las administraciones Públicas es en la de las propiedades especiales, de una parte; de otra, en los conflictos socio-laborales. Así, la inscripción de una patente, marca o nombre industrial, el otorgamiento de licencias obligatorias, ha conllevado la constitución de una Comisión Arbitral de la Propiedad Intelectual en el Ministerio de cultura con ámbito nacional. El arbitraje sobre huelga, a propuesta del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, constituye otro ejemplo de arbitraje administrativo.
Ley de Patentes, artículos 32, 36 y 37. Ley de Propiedad intelectual, artículos 127 y 128. Real Decreto-Ley 17/1977, de 4 de marzo, sobre Relaciones de trabajo, artículo 10.
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