Enciclopedia jurídica

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Sociedades gravadas por obligación real

Es el régimen especial del impuesto sobre Sociedades previsto para las que residen en el extranjero y operan en territorio español mediante un establecimiento permanente, así como para las que, careciendo de éste, obtengan rendimientos económicos en España. Dichos sujetos pasivos deberán designar una persona con domicilio en territorio español para que represente la sociedad extranjera ante Hacienda y en las relaciones derivadas de la tributación por el impuesto de sociedades. El sujeto pasivo o su representante estarán obligados a poner en conocimiento de la Administración el nombramiento en el plazo de dos meses desde que se efectuó. Se considerarán representantes de los establecimientos permanentes quienes figuren como tales en el Registro mercantil o, en su defecto, quienes figuren facultados para contratar en nombre de los mismos.

Ley del Impuesto sobre sociedades, artículos 4 y 10, modificados por Ley 18/1991, de 6 de junio.


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