En las relaciones tributarias, es sujeto pasivo la persona que tiene el deber de cumplir las prestaciones tributarias para con la Hacienda pública, siendo la principal prestación la de pagar el tributo; las prestaciones accesorias son las complementarias a la principal, como formular declaraciones, llevar y conservar los libros de contabilidad, facilitar la práctica de inspecciones y comprobaciones, etc. El sujeto pasivo puede ser el contribuyente; es decir, la persona natural o jurídica a quien la ley impone la carga tributaria derivada del hecho imponible.
Ley general Tributaria, artículos 30 a 36.
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