Enciclopedia jurídica

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Municipalización de servicios

Es una forma de desarrollo de la actividad municipal, asumiendo la Corporación local todo o parte del riesgo de la empresa que implica la prestación del servicio de que se trate. Mediante la municipalización, los municipios pueden explotar directamente servicios de naturaleza mercantil, industrial, extractiva, forestal o agrícola, que sean de primera necesidad o de utilidad pública, y se presten dentro del término municipal en beneficio de sus habitantes, para proporcionar a éstos condiciones más ventajosas que las que pudieran ofrecerles la iniciativa particular y la gestión indirecta. La municipalización sin monopolio puede aplicarse a los establecimientos de suministro de artículos de primera necesidad (hornos, panaderías, instituciones de crédito, espectáculos públicos, etc.); la municipalización con monopolio puede aplicarse a los servicios de abastecimiento de aguas, gas, electricidad, mataderos, autobuses, tranvías, etc. En los casos de municipalización en forma de empresa privada, ésta se estructurará como compañía mercantil en que los socios no respondan con sus bienes privados por las deudas de la sociedad.

Ley de bases del Régimen local, artículos 86 y 87.

El ejercicio directo de ciertos servicios públicos por el propio municipio.


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