Enciclopedia jurídica

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Corporaciones de derecho público

Derecho Administrativo

Son personas jurídicas que adoptan forma asociativa, creadas, no por un pacto, sino por una ley que determina sus fines, estructura y funcionamiento.

A pesar de su denominación, están sujetas al Derecho privado, si bien en algunos aspectos pueden quedar sujetas al Derecho Administrativo, ya que sus titulares pueden desempeñar, por atribución del Ordenamiento o delegación expresa de la Administración, ciertas facultades de orden administrativo sobre sus propios miembros. Defienden los intereses, económicos o profesionales, de sus miembros. Se sostienen con las aportaciones, cuotas y derramas de sus miembros, que no tienen carácter de exacciones públicas.

La pertenencia a estas corporaciones es obligatoria para todos aquellos que pretendan ejercer determinados derechos (p. ej., el ejercicio de una profesión en el caso de los colegios profesionales). La cualidad de miembros se determina en base a una condición objetiva, relacionada con el fin corporativo de que se trate: p. ej., una cualidad profesional (V. Colegios Profesionales), la cualidad de comerciante o industrial (Cámaras de Comercio, Industria y Navegación), regante de un aprovechamiento colectivo de aguas públicas (V. comunidades de regantes), etc.


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