Derecho de las Comunidades Europeas
La idea de crear una ciudadanía europea aparece por primera vez en el malogrado proyecto de Tratado sobre la Unión Europea -más conocido como Proyecto Spinelli-, aprobado por el Parlamento Europeo el 14 de febrero de 1984. Tomando como referencia la propuesta española realizada en 1990, será el Tratado de la Unión Europea el que retome la idea de establecer una ciudadanía europea, como medio a través de cual reforzar la protección de los derechos e intereses de los nacionales de los Estados miembros. La ciudadanía de la Unión es complementaria y no sustitutiva de la ciudadanía nacional ya que, para ser considerado ciudadano de la Unión, es necesario ostentar la nacionalidad de algún Estado miembro. La ciudadanía de la Unión reconoce un conjunto limitado de derechos, aunque el Consejo, por unanimidad, a propuesta de la Comisión y previa consulta al Parlamento Europeo, puede acordar la inclusión de nuevos derechos. Las disposiciones sobre la ciudadanía europea (arts. 17-22 T.C.E.) reconocen a los ciudadanos de la Unión el derecho a circular y a residir libremente por todo el territorio comunitario, el derecho a ser elector y elegible en las elecciones municipales del Estado miembro en el que resida, a acogerse a la protección diplomática y consular de cualquier Estado miembro en un tercer país en el que no tenga representación el Estado del que se es nacional, el derecho de petición ante el Parlamento Europeo y a dirigirse al defensor del pueblo. El Tratado de Amsterdam introduce como nuevo derecho de la ciudadanía, la posibilidad de dirigirse por escrito y a recibir contestación de las instituciones comunitarias en cualquiera de las lenguas oficiales comunitarias (V. derecho de petición; defensor del pueblo).
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