El primitivo código de Justiniano, que fuera promulgado por la constitución summa republicae del año 529, tuvo una vigencia efímera que duró solo cuatro años, pues fue considerado obsoleto a causa del digesto publicado en el año 5633 a su vez Justiniano, con anterioridad a la concepción del digesto, dictó cincuenta constituciones imperiales conocidos con el nombre de quinquaginta decisiones con el objeto de resolver D algunas cuestiones controvertidas que se había suscitado entre los jurisconsultos.
De allí que el emperador ordenara la sustitución del antiguo código por otro que incluyera dichas constituciones; a tales efectos, en el año 534 designó una comisión presidida por triboniano e integrada por Doroteo, Constantino Mena y Juan, la que luego de un año se expidió presentando al emperador un proyecto que fue promulgado por la constitución cordi nobis del año 534 y que se conoce con el nombre de codex justinianus repetitae praelectionis. Este código integra el corpus juris civils y ha llegado hasta nosotros en el perfecto estado de conservación.
Lamentablemente, ello no ocurrió con el primitivo código, del cual se conserva un fragmento manuscrito que se conoce con el nombre de papiro de oxirrinco publicado en el año 1922.
El codex repetitae praelectionis se halla dividido en doce libros, cada libro se encuentra dividido a su vez en títulos, y estos en leyes.
El libro primero se refiere al derecho eclesiastico, a las fuentes materiales del derecho y a los officia, o lo que es lo mismo, a las obligaciones y facultades de los magistrados de jerarquía imperial. Los libros segundo a octavo se refieren al derecho privado y abarcan es ad sabinum (derecho civil) y el ad edictum (derecho pretoriano).
El libre noveno se ocupa del derecho penal sustantivo y procedimiento.
Finalmente, los restantes se refieren a la organización del imperio desde el punto de vista administrativo y financiero.
Codex medicamentarius | | | Codicilo |