Derecho Mercantil
El Decreto 335/1985, de 22 de febrero, sobre ordenación de artesanía, establece que «se considerará artesanía, a los efectos de esta disposición, la actividad humana de producción, transformación y reparación de bienes o de prestación de servicios, realizadas mediante un proceso, en el que la intervención personal constituye factor predominante, obteniéndose un resultado final individualizado que no se acomoda a la producción industrial totalmente mecanizada o en grandes series».
La artesanía española es una realidad económica y social que incluye una variada serie de actividades productoras de bienes y servicios de naturaleza artística, y la mayor parte de las veces con un marcado sabor popular, perviviendo lo tradicional sin desdeñar el empleo de nuevas técnicas.
De acuerdo con la Constitución de 27 de diciembre de 1978, los poderes públicos atenderán a la modernización y desarrollo de todos los sectores económicos y, en particular, de la agricultura, de la ganadería, de la pesca y de la artesanía, a fin de equiparar el nivel de vida de todos los españoles. Las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias en la materia correspondiente a la artesanía.
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