Enciclopedia jurídica

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Vicio

Mala conducta con probables o seguros perjuicios para el cuerpo o el espíritu. | Defecto Físico. | Daño material. | Mala calidad. | Inmoralidad. | Deshonra. | Falsedad. | y erro. | Detecto que anula o invalida un acto o contrato; sea de fondo o forma. | Gran afición por una cosa. | Excesiva tolerancia. | Mala costumbre o resabio de un animal. | DEL CONSENTIMIENTO. En la manifestación o declaración de la voluntad de las parles que se obligan, todo hecho contrario a la libertad y conocimiento con que la declaración debe ser formulada. Para la validez de cualquier acto o contrato, el consentimiento no debe estar viciado, sino surgir espontáneo y libre. | OCULTO DE LA COSA. Los defectos no manifiestos que tenga la cosa vendida. | REDHIBITORIOS. Para el Cód, Civ, arg,. son tales "los defectos ocultos de b cosa cuyo dominio, uso o goce se transmitió por título oneroso, existentes al tiempo de la adquisición, que le hagan impropia para su destino, si de un modo disminuy en el uso de ella que, a haberlos conocido el adquirente, no la habría adquirido, o habría dado menos por ella".


Vicepresidentes de diputación      |      Vicios de forma