Enciclopedia jurídica

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Usucapión liberatoria

Denominada también usucapio libertatis, se produce cuando el bien o derecho, inscrito en el Registro de la propiedad Inmobiliaria y sobre el que se proyecta la prescripción, se ha adquirido como libre aunque en realidad esté gravado. En virtud del principio tantum praescriptum quantum possessum (tanto se ha prescrito cuanto se ha poseído), los derechos o gravámenes que pesan sobre el objeto de la usucapión desaparecerán, salvo en los casos taxativamente previstos en la ley. Es requisito básico de esta usucapión que el usucapiente posea la cosa en concepto de libre del gravamen del que resultará liberada, usucapiendo simultáneamente la propiedad y el derecho real que la grava.

Ley Hipotecaria, artículo 36.


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