[DE] Órgano comunitario formado por quince miembros, que ejerce en primera instancia la jurisdicción atribuida al Tribunal de Justicia en las siguientes materias: litigios entre las Comunidades y sus agentes (TCE, art. 236), recursos contra la Comisión (TCECA, art. 35), recursos contra instituciones comunitarias interpuestos por personas físicas o jurídicas (TCE, arts. 230 y 232) y otras competencias que por delegación se le encomienden, fíp*! TCE, art. 225.
Recurso de anulación; Recurso de inactividad; Recurso de incumplimiento; Recurso por excepción de ilegalidad; Recurso por responsabilidad extracontractual; Recurso prejudicial.
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