Es la demanda de conciliación que se presenta ante el órgano jurisdiccional competente y en tantos ejemplares cuantos sean los demandados, y uno adicional. La papeleta contendrá los datos del demandante y demandados, la pretensión que se deduzca, fecha y firmas preceptivas. En la pretensión se hará constar no sólo la solicitud de intervención conciliadora del juez, sino también la reclamación que se formulará en el juicio ulterior principal. El órgano jurisdiccional mandará citar a las partes señalando día y hora en que haya de tener lugar la comparecencia. La citación se hará entregando una de las papeletas presentadas por el actor, en lugar de copia de la providencia.
Ley de Enjuiciamiento civil, artículos 465 a 468.
Papeles privados | | | Papeletas electorales |