Entre las tipificadas legalmente, cabe señalar: (1) no formalizar por escrito el contrato de trabajo cuando este requisito sea exigible o cuando lo haya solicitado el trabajador, (2) la transgresión de las normas y límites legales o fraccionados en materia de jornada, trabajo nocturno, horas extraordinarias, descansos, vacaciones o permisos, (3) la transgresión de los derechos de información, audiencia y consulta de los representantes de los trabajadores y de los delegados sindicales, (4) la vulneración de los derechos de las secciones sindicales en orden a la recaudación de cuotas, distribución y recepción de información sindical.
Ley sobre Infracciones y sanciones de orden social, artículo 7, modificado por la Ley 11/1994.
Infracciones graves de las mutuas patron | | | Infracciones graves en seguridad e higie |