[DPro] Forma organizativa de los órganos jurisdiccionales que son creadas por el Gobierno, siempre y cuando no supongan alteración de la demarcación judicial, oídos preceptivamente la Comunidad Autónoma afectada y el Consejo General del Poder Judicial. Así pues, las Salas de los Tribunales Superiores de Justicia, las Audiencias Provinciales, las Salas de la Audiencia Nacional y las Salas del Tribunal Supremo pueden dividirse en Secciones.
LOPJ.
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