Derecho Fiscal
Constituyen obligaciones que el deudor tributario debe prestar para poder afianzar una determinada deuda tributaria, y que la Administración, en todo caso, deberá admitir para poder surtir los efectos necesarios. Actualmente, las garantías admitidas en el derecho tributario son el aval, la hipoteca, tanto inmobiliaria como mobiliaria, la prenda con o sin desplazamiento, la fianza personal y solidaria o cualquier otra que la Administración estime suficiente. La garantía de demora, más el 25% de la suma de ambas partidas.
También se entiende por garantías de la Hacienda Pública a aquellos privilegios otorgados por ley a la Administración para asegurar el cobro de los créditos tributarios. Actualmente la más importante es el derecho de prelación, por el que se garantiza a la Hacienda Pública la preferencia en el cobro de los créditos tributarios vencidos y no satisfechos frente a cualquier otro acreedor (salvo que el derecho de éste estuviese debidamente inscrito con anterioridad al derecho de la Administración).
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