La dispensa de impedimentos para contraer matrimonio es un expediente de jurisdicción voluntaria en negocios civiles referente al Derecho de familia y, más concretamente, al Derecho matrimonial. La finalidad del expediente es que el juez dispense, con justa causa y a instancia de parte, los impedimentos del grado tercero entre colaterales y el impedimento de edad a partir de los catorce años. En esta última clase de impedimentos es preceptivo oir al menor y a sus padres o guardadores.
Código civil, artículo 48.
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