Enciclopedia jurídica

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Diplomacia

(Derecho Internacional Público) 10 Conjunto de los medios y las actividades que un Estado consagra a la gestión de su política extranjera.
2o Carrera o profesión de diplomático. V. Agente diplomático.
2 0 Arte de las negociaciones entre Estados. V. Relaciones diplomáticas.

Derecho Internacional

La palabra diplomacia tiene tres sentidos diferentes en Derecho Internacional. Por la primera acepción significa tanto como arte o ciencia de las relaciones internacionales pacíficas, por eso se habla de relaciones diplomáticas entre los Estados que forman la comunidad internacional. En este sentido, conducto diplomático es una expresión usada para denominar la forma habitual de relacionarse los Estados a través de sus embajadas o misiones diplomáticas acreditadas (vía diplomática).

El Convenio de Viena de 18 de abril de 1961, sobre relaciones diplomáticas, codificó a través de sus 53 artículos la costumbre internacional, regulando el establecimiento, mantenimiento y finalización de las relaciones diplomáticas a través de las respectivas misiones diplomáticas. Así, relaciones diplomáticas en sentido jurídico-formal son las que mantienen entre sí los sujetos de Derecho Internacional a Través de Misiones Diplomáticas. El establecimiento de relaciones diplomáticas entre Estados y el envío de misiones diplomáticas permanentes se efectúa por consentimiento mutuo (art. 2 del Convenio de Viena) e implica el reconocimiento previo o simultáneo y la creación de una embajada o misión.

El artículo 3 del convenio de Viena de 1961 establece las principales funciones de una misión diplomática:

a) Representar al Estado receptor los intereses del Estado acreditante y los de sus nacionales dentro de los límites permitidos por el Derecho Internacional.

b) Proteger en el Estado receptor los intereses del Estado acreditante y los de sus nacionales dentro de los límites permitidos por el Derecho Internacional.

c) Negociar con el gobierno del Estado receptor.

d) Enterarse por todos los medios lícitos de las condiciones y de la evolución de los acontecimientos en el Estado receptor e informar sobre ello al gobierno del Estado acreditante.

e) fomentar las relaciones amistosas y desarrollar las relaciones económicas, culturales y científicas entre el Estado acreditante y el Estado receptor.

La segunda acepción de la palabra «diplomacia» es equivalente a carrera diplomática, es decir a un cuerpo de funcionarios estructurados de forma jerárquica y escalafonados en determinadas categorías, a las que se accede por un sistema de ascensos, que comienza en secretario de embajada de tercera clase y concluye en embajador. Incumbe a este cuerpo el servicio exterior de la nación, las representaciones de España en el extranjero y en los organismos internacionales y la protección de los nacionales en el exterior, ejecutando la política internacional. Hay que tener en cuenta que, además de este nivel funcionarial, la diplomacia tiene también un nivel político.

Por último, «diplomacia» es sinónimo también de política exterior de un Estado, del principio de unidad de acción del Estado en el exterior. Así se habla de diplomacia clásica para denominar la que se realizaba a través de misiones diplomáticas permanentes frente a formas más modernas de diplomacia (misiones especiales permanentes en organismos internacionales). Diplomacia directa para designar los contactos entre Jefes de Estado o Gobierno o ministros de relaciones exteriores u otros.

Diplomacia parlamentaria, que se realiza en las asambleas de las organizaciones internacionales, diplomacia abierta, secreta o diplomacia ad hoc.

Ciencia que estudia las relaciones políticas, jurídicas, económicas y culturales entre las naciones.

Servicios que prestan los estados para lograr esas relaciones internacionales.


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