Es uno de los supuestos de responsabilidad por actos de la administración de justicia. Se produce cuando el acusado es absuelto por inexistencia del hecho imputado, o cuando por esta misma causa se haya dictado auto de sobreseimiento libre. En estos casos, habrá que determinar la cuantía de la indemnización a otorgar al perjudicado, teniendo en cuenta el tiempo en el que estuvo privado de libertad, así como los perjuicios personales y familiares que la detención preventiva pudo producir.
Ley orgánica del Poder judicial, artículo 294.
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