Son los contratos de depósito celebrados con las aduanas. Es un contrato regido por el derecho administrativo.
Una de las partes es el estado a través del órgano pertinente de la Administración pública. Y por la otra parte actuaran los particulares importadores y exportadores.
Por ser un contrato administrativo, se rige principalmente por normas específicas de derecho público y sus respectivas reglamentaciones internas de aduana. Las normas de derecho común privado solo serán aplicadas subsidiariamente.
Las referidas normas y reglamentaciones de derecho público hacen que en cuanto a su modalidad operativa, funcione como un contrato de adhesión.
Las leyes u ordenanzas de aduanas suele establecer las modalidades y plazos para el despacho directo de las mercancías de exportación y el despacho o depósito(v. Gr., Fijación de derechos, intereses, multas, condiciones de almacenamiento, operaciones permitidas, boletas de depósito, obligaciones.
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