(Derecho Administrativo) Contrato realizado por una persona administrativa o por su cuenta y sometido a la competencia y al derecho administrativos, ya por disposición expresa de la ley, ya a causa de la presencia de cláusulas exorbitantes del derecho común en sus estipulaciones, ya porque confiere a su titular una participación directa en la ejecución de una actividad de servicio público.
Todos los contratos de las personas públicas no son, por tanto, contratos administrativos, ya que algunos se encuentran sometidos a las normas del derecho privado.
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