Derecho Fiscal
Acuerdo entre una Comunidad Autónoma y el Estado sobre temas económicos y fiscales.
Se encuentra vigente el suscrito con la Comunidad Autónoma de Navarra por Ley 28/1990, de 26 de diciembre. En virtud de la misma, se reconoce la potestad de esta comunidad autónoma para establecer y regular su propio régimen tributario con criterios armonizadores respecto al régimen general, con la excepción de los Impuestos Especiales sobre Hidrocarburos y las Labores del Tabaco, así como la Renta de Aduanas.
Como compensación a los servicios del Estado que no se hubieran transferido, la Comunidad debe pagar al Estado una aportación que se calcula en función de la renta relativa de esta comunidad, según el art. 51 del Convenio (V. concierto económico).
Convenio de sociedad anónima | | | Convenio Europeo de Derechos Humanos |