Es el documento en que se formaliza la cesión del crédito que tiene un banco frente a su deudor, a un tercero cesionario. Se trata de un título-valor, ya que se requiere la posesión o tenencia del certificado para ejercer el derecho cedido por el banco. Aunque inicialmente los bancos no cedían las acciones para reclamar el cobro -tratándose entonces de una especie de préstamo aleatorio que permitía a los bancos manejar recursos no sujetos a coeficientes de caja-, actualmente la cesión incluye el derecho a reclamar el pago, ya que se considera como una transferencia de activo exenta de coeficiente obligatorio. En todo caso, el banco cedente se libera de todo compromiso posterior de devolución.
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