En sentido general, aquella persona que transfiere un derecho a otra.
En el contrato de cesión de derechos, la parte que se obliga a transferir a otra el derecho que le compete contra su deudor, entregándole el título de crédito si existiese. Ver Cesión de derechos.
La parte que transfiere a otra una cosa, derecho, acción o valor. | Quien renuncia a algo a favor de otro. En realidad, constituye un donante que, ante la negativa de la donación, hace abandono de su bien o derecho. | Por antonomasia, quien cede un crédito; aun cuando sean también cadentes el vendedor, cada uno de los permutantes, el donante, el copropietario o coheredero que renuncia. | En títulos mercantiles, endosante. (V. ENDOSO)
Cedant leges inter arma | | | Cedente-cesionario |